Indemnización y finiquito

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Indemnización y finiquito

Una relación de trabajo puede llegar a su fin debido a un despido o a una baja voluntaria. Asociado esta situación aparecen dos términos,  Indemnización y finiquito, que muchas de las personas confunden.

¿Qué es el finiquito?

El finiquito por despido es la cantidad económica que la empresa debe de abonar al trabajador en el momento de la finalización de la relación laboral independientemente de cómo haya acabado la relación laboral: ya sea por despido, por baja voluntaria o finalización de un contrato temporal.

¿Qué es la indemnización?

La indemnización por despido es un derecho de toda persona trabajadora. Hace referencia a la cuantía económica que el empresario debe de brindar al trabajador por cese del contrato laboral antes del fin del contrato.

La cuantía económica de la indemnización se halla estipulada por Ley y dependerá del tipo de despido que se produzca: despido disciplinario, despido objetivo, fin de contrato laboral, despido colectivo.

Si el trabajador deja su trabajo de manera voluntaria, éste no tiene derecho a la indemnización. En cambio si es despedido por la empresa, en esta ocasión si que tiene derecho al cobro de una indemnización.

En el momento que se finaliza la relación laboral, el empresario debe de poner a disposición del trabajador un documento en el que se incluyan todos los importes devengados hasta la fecha de finalización de la relación de trabajo, como:

  • La parte de la nómina del mes en que se da por finalizada la relación laboral
  • Los días de vacaciones generados hasta el momento y no disfrutados deberán de ser abonados.
  • Si las pagas extras no están prorrateadas y queda alguna pendiente de cobro, la empresa deberá de pagar la parte proporcional de la pagas extras generadas.

Manera de calcular el finiquito

El finiquito generalmente incluye las siguientes partidas:

  • Sueldo de los días trabajados durante ese mes antes de la fecha de finalización de la relación laboral.
  • Parte proporcional de las pagas extra
  • Días de vacaciones a los que el trabajador tiene derecho hasta la fecha de fin y todavía no han sido disfrutados.
  • Horas extras realizadas y pendientes de pago.
  • Pluses y pagas de beneficios generada pendientes de pago.
  • Comisiones e incentivos
  • Indemnizaciones pero no por despido, que se hallen pendientes.

El finiquito es un documento preciso en cualquiera de las maneras de extinción de la relación laboral.

¿Es obligatorio firmar el finiquito?

Es muy importante leer con especial atención para no caer en errores, toda la documentación que la empresa presente ya que hay finiquitos que presentan una cláusula en la que con tan solo la firma del trabajador despedido ya no es posible una posterior reclamación.

Como expertos en despidos, indemnizaciones y finiquitos recomendamos poner al lado de la firma la fecha en la que se realiza la firma y un “no conforme” o “pendiente de revisar” para así poder proceder a una posible reclamación.

En ocasiones el trabajador firma el finiquito sin que la empresa haya hecho entrega de manera efectiva el dinero que debe de abonar. En esta ocasión se recomienda poner al lado de la firma “no cobrado”.

Todo ello va a facilitar una posterior reclamación a la empresa, ya sea porque ha pagado de menos o porque todavía no ha efectuado el ingreso.

Cómo reclamar un finiquito pendiente de cobro

Aunque se haya firmado el finiquito puede reclamarse un finiquito pendiente de cobro por la vía legal. La firma solo indica que se ha recibido, aunque si todavía no se ha cobrado o no se está de acuerdo con algún punto al lado de la firma y fecha es importante poner un “no conforme” o un “no cobrado” o rellenar la casilla de “pendiente de verificación”.

En el caso de que hayan transcurridos varios días y el finiquito siga sin cobrarse puede reclamarse directamente a la empresa. Para ello lo aconsejable es hacerlo mediante e-mail, carta certificada, burofax, para que así quede constancia de dicha reclamación, y poder demostrarla.

Si no existe acuerdo a través del plazo de conciliación debe de recurrirse a la vía judicial con la ayuda de un buen abogado laboralista experto en reclamación de finiquitos que informe, asesore y defienda los derechos de trabajador.

El plazo máximo para poder proceder a la reclamación del finiquito vía judicial es exactamente un año a contar desde el momento en que la empresa debía de haberlo pagado, debiendo de presentar ante todo la papeleta de conciliación.

¿Es lo mismo finiquito que indemnización?

A pesar de que son muchas las personas las que confunden el concepto de finiquito e indemnización, son dos conceptos totalmente diferentes.

El finiquito es el documento oficial en el que la empresa hace constar la cuantía económica que el trabajador debe de percibir una vez finalizada la relación laboral: salario pendiente de percibir, vacaciones no disfrutadas, parte correspondiente a pagas extras, horas extras...

Tanto si se trata de un despido, una marcha voluntaria o excedencia el finiquito es de carácter obligatorio cosa que no sucede en el caso de la indemnización.

La indemnización es la compensación económica que la empresa debe de pagar al trabajador por un despido improcedente u objetivo. En el caso de que se trate de un despido de manera voluntaria, el trabajador no tiene derecho al cobro de una indemnización.

Cálculo de la indemnización por despido

A la hora de proceder al cálculo de la indemnización por despido ha de tenerse en cuenta 3 variables:

  • Salario bruto del trabajador
  • Antigüedad del trabajador en la empresa: a mayor tiempo en la empresa mayor será el importe a recibir.
  • Tipo de despido practicado:
  • Despido objetivo: 20 días de salario por año trabajado con un máximo de un año.
  • Despido improcedente: 33 días por año trabajado con un máximo de 24 meses.
  • Despido disciplinario o despido objetivo impugnado por el trabajador y declarado improcedente:
    • Con antigüedad anterior al 12 de febrero de 2012: 45 días por año trabajado con una máximo de 42 mensualidades
    • Con antigüedad posterior al 12 de febrero de 2012: 33 días por año con un máximo de 24 mensualidades.

Ante cualquier duda sobre como reclamar una indemnización, tipo de despido, , solicitar los servicios de un buen abogado laboralista experto en indemnizaciones y despidos como los que encontrará en nuestro despacho de abogados en Bilbao es la mejor opción.

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